artículosRemuneración de integrantes de la familia que trabajan en la gestión de la empresa familiar

Suele ser motivo de la generación de inconvenientes para la continuidad de una empresa familiar en el tiempo, el hecho que trabajen en la gestión de la misma varios integrantes de la familia sin que la empresa cuente con recursos suficientes para el pago de las remuneraciones que correspondan.

Existen casos -no precisamente saludables- en los cuales las remuneraciones están por encima de lo que correspondería a responsabilidades y funciones desempeñadas y a cuanto el mercado establece. Un ejemplo de ello puede darse al inicio de la relación laboral, cuando al trabajo que desempeña el hijo le corresponde el equivalente a un salario mínimo, pero el beneficiado con la totalidad del salario solo trabaja medio tiempo.

Desde esta perspectiva, con el fin de evitar inconvenientes futuros resulta necesario establecer reglas claras que rijan la vinculación de los familiares con la gestión empresarial. Entre esas reglas son más que importantes las que definan remuneraciones de forma inequívoca.

De no contar con premisas claras en esta materia, las primeras dificultades pueden ocurrir cuando, muy jóvenes aún, los hijos trabajen en la empresa “para aprender”, dándose por bien pagados con el hecho de que sus padres solventen sus gastos. Pero esta situación no va a durar eternamente. Y es entonces cuando las dificultades pueden aflorar.

El hecho de que los hijos crezcan en edad hace que se incrementen sus necesidades y ello se acentúa cuando les llega el momento de contraer matrimonio, que es cuando deben solventar, muchas veces en plena juventud, los gastos de su propia familia. Así, cuando en la empresa trabajan varios hijos casados, los gastos en materia de remuneración crecen exponencialmente, sobre todo si se compara con el tiempo en que a la empresa sólo la gestionaban los fundadores.

La cuestión tiende a agravarse cuando la fijación del monto de cada remuneración no responde linealmente a funciones y responsabilidades, sino a necesidades fácticas, cotidianas, de los afectados. Dicho de otra manera: en cualquier otra empresa que no sea la familiar, los mismos, por el trabajo que desempeñan, cobrarían menos. Puede ocurrir entonces -y ello constituiría un círculo vicioso complejo- que la empresa no esté en condiciones de abonar la remuneración establecida para los miembros de la familia y éstos no obtengan otro trabajo con una remuneración que les resulte satisfactoria.

Se vuelve pues, perentorio, acordar en familia de forma ordenada y en base a las posibilidades de la empresa, los requisitos para el ingreso y permanencia de los familiares a la empresa, el procedimiento en caso de desvinculación, los sistemas para la fijación de las remuneraciones y otros aspectos. Solo entonces, con un claro acuerdo de estas características, se podrá encarar el futuro empresarial con previsibilidad y concordia.

Marcelo Codas Frontanilla

marcelo@estudiocodas.com

Twitter: @CodasMarcelo

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