Sin categoríaEmpresas por Acciones Simplificadas (EAS)

Empresas por Acciones Simplificadas (EAS)

 

Como parte de un paquete de proyectos de ley con el objetivo de facilitar la apertura de empresas y reducir trámites burocráticos, el Poder Ejecutivo promulgó la Ley Nº 6.480 “Que crea la empresa por acciones simplificadas (EAS)” a las que nos referimos brevemente a continuación.

La EAS es una sociedad que podrá ser muy beneficiosa, especialmente para los emprendedores, cuyo número se viene incrementando positivamente, así como también paras las empresas familiares en su etapa inicial, ya que, a través de la misma, podrán constituir una persona jurídica con un trámite más ágil y menores costos.

Las Sociedades Anónimas Simplificadas (“SAS”) se han iniciado en Colombia en el año 2008 con mucho éxito y, en el 2017,  la OEA adoptó una Ley Modelo sobre las SAS. Otros países de la región, como Argentina, Uruguay y Chile se sumaron a incorporar este tipo de persona jurídica a su ordenamiento jurídico.

Algunas de los aspectos más resaltantes de la  Ley son los siguientes:

* Permite la constitución de la Sociedad con un solo socio, sea éste persona física o jurídica, a diferencia de las sociedades anónimas que requieren al menos dos accionistas;

* Las EAS no requieren de la inscripción del acto constitutivo en la Dirección General de Registros Públicos. Se creará una dependencia en el Ministerio de Hacienda para su inscripción, a partir de la cual la EAS adquirirá personalidad jurídica;

* El instrumento de constitución de la EAS podrá ser una escritura pública o un documento privado con certificación de firma por parte de Notario o del funcionario encargado de la dependencia a crearse;

* El instrumento de constitución deberá ser inscripto, única y exclusivamente a través del Sistema Unificado de Apertura y Cierre de Empresas (SUACE);

* La publicación relativa al acto constitutivo se realizará solamente en la página web del SUACE y no se requerirá otro tipo de publicaciones;

* La oficina que será creada por el Ministerio de Hacienda aprobará un modelo de estatutos, que estará disponible en la página web del SUACE;

* La inscripción del acto constitutivo se realizará dentro del plazo de 24 horas de su presentación, siempre que se utilice el modelo de estatutos mencionado en el párrafo anterior. Transcurrido dicho plazo, la inscripción operará en forma automática. Sin embago, si no se utiliza dicho modelo, el trámite será similar al de las Sociedades Anónimas;

* El proyecto contempla la escisión de la EAS, incorporando de esta manera en forma expresa la figura de la escisión societaria que actualmente, si bien se realiza en nuestro país, no está prevista en forma expresa en el Código Civil;

* Se dispone que las entidades del sector financiero deberán contar con mecanismos que faciliten la apertura de una cuenta para las EAS en un plazo máximo que será establecido vía reglamentación;

* Prevé la posibilidad de que los conflictos puedan resolverse por medio de arbitraje o amigables componedores, debiendo acordarse esto en el estatuto.

El nuevo tipo societario contiene numerosas ventajas en relación con nuestro régimen actual de sociedades, destacándose especialmente la disminución del plazo y de los trámites de constitución en forma significativa.

Con la implementación de la figura de las EAS,  se podrá  contar con una sociedad legalmente constituida en 24 horas, cuando actualmente, el proceso para constituir una sociedad anónima puede durar entre 30 a 45 días.

El próximo paso es la reglamentación de la Ley por parte de la autoridad de aplicación para su implementación.

Para que las EAS puedan cumplir con los objetivos de su creación es fundamental que los tiempos previstos se cumplan para lo cual es muy importante que la reglamentación sea ágil evitando la burocracia que es, justamente, lo que la Ley pretende.

ESTUDIO CODAS

One comment

Deja un comentario

Your email address will not be published. Required fields are marked *

Estudio Codas

Boquerón Nro. 698 esq. Misiones.

Asunción, Paraguay.

Telefax: +59521 – 206203/4  |  +59521 – 214768