artículosEl emprendedor. Aspectos jurídicos 3ª parte

La necesidad de constituir una sociedad

En la medida en que el volumen de los negocios se incrementa, se ha pasado ya la etapa fundacional y el negocio está razonablemente consolidado, el emprendedor debe empezar a pensar en constituir una Sociedad de modo tal a diferenciar su patrimonio personal del patrimonio destinado al negocio.

En este sentido, el artículo 94 del Código Civil dispone: “Las personas jurídicas son sujetos de derecho distintos de sus miembros y sus patrimonios son independientes. Sus miembros no responden individual ni colectivamente de las obligaciones de la entidad, salvo las excepciones establecidas en este Código”.

Como lo señala el Dr. José Moreno Ruffinelli “esta condición es la que ha permitido un gran desarrollo de este tipo de personas, ya que posibilita la reunión de distintas personas físicas que pueden asociarse para un emprendimiento específico, sin comprometer en él más capital del que aportan como socios, ya que sus demás bienes personales no responden de las obligaciones que contraiga la personas por ellas creada”.

Los principales tipos societarios en nuestro país son: (i) Sociedad de Responsabilidad Limitada; (ii) Sociedad Anónima (S.A.) y (iii) Empresa por Acciones Simplificada (E.A.S.)

Estimamos que una vez que el negocio está consolidado es conveniente y necesario constituir una sociedad de modo, fundamentalmente, a separar el patrimonio personal o familiar del patrimonio comercial. Al mismo tiempo, este paso colabora con la generación de una estructura de porte más empresarial a la organización.

En cuanto a que tipo societario elegir, soy partidario de empezar con una E.A.S. o una S.R.L., sin perjuicio de poder hacerlo también con una S.A. Me inclino por los dos primeros porque tienen un manejo más ágil y requieren de menores gastos para su funcionamiento, lo cual, en una primera etapa de vida societaria, es importante.

De esta manera, a través de una E.A.S. o una S.R.L. empezamos a transitar ya sobre la base de un modelo societario que nos permitirá, si necesario fuere en el futuro, transformarlo en una S.A.

Para tomar esta elección, así como para la redacción el estatuto, es conveniente contar con el debido asesoramiento profesional que permita llevar adelante las tareas adecuadamente.

Marcelo Codas Frontanilla

marcelo@estudiocodas.com

Twitter: @CodasMarcelo

Deja un comentario

Your email address will not be published. Required fields are marked *

Estudio Codas

Boquerón Nro. 698 esq. Misiones.

Asunción, Paraguay.

Telefax: +59521 – 206203/4  |  +59521 – 214768