Al igual que el tipo societario más utilizado en nuestro país, el de la sociedad anónima, que cuenta como órganos de gobierno con la Asamblea y el Directorio, la empresa familiar también tiene los suyos: la Asamblea Familiar y el Consejo de Familia, y ambos son trascendentes para la empresa y su supervivencia en el tiempo.
La Asamblea Familiar se realiza anualmente. De ella, es conveniente que participen todos los integrantes de la familia mayores de edad, trabajen o no en la gestión de la empresa y sean o no accionistas Cuando la propia familia lo considere apropiado, puede resultar útil que participen, también, los familiares políticos.
En esa importante reunión se realiza un análisis de situación y se estudia un balance de la empresa en el año que terminó. Se presentan, asimismo, los planes del Directorio para el año que se inicia o está por iniciarse. Este resulta un momento oportuno para que los familiares, especialmente aquellos que no trabajan en la gestión, formulen sus preguntas y realicen sus aportes sobre acciones a emprender.
En un artículo anterior nos referimos al denominado Retiro de la Familia. Bueno es señalar, al respecto, que la Asamblea Familiar es diferente, pues la primera tiene como centro a la Familia y la segunda, a la Empresa, y funciona como un órgano de gobierno de esta.
Todo cuanto concierne al Consejo de Familia está, habitualmente, previsto en los protocolos familiares, pero, en general, queda solo en esos documentos y no se los lleva a la práctica. Este hecho debe ser revertido a la luz de la trascendental importancia de este órgano de gobierno.
El Consejo de Familia, en cuanto a su integración, dependerá de la decisión de la propia familia. En este contexto, puede resultar pertinente evaluar la posibilidad de incorporar, así como en los Directorios de las Sociedades, a consejeros independientes que brinden aportes a partir de una mirada externa.
Los temas que esta instancia debe encarar son varios, y destacan: la realización de los trabajos para la redacción del protocolo familiar en los casos de empresas que no lo posean; el seguimiento puntilloso de ese protocolo y sus alcances, en caso de existir; la resolución de eventuales conflictos que pueden darse entre los familiares; la capacitación y evaluación de los Consejeros; la capacitación de los miembros de la familia; la preparación de la Asamblea Familiar, y la definición del perfil de quien esté al frente del emprendimiento así como el procedimiento de designación y elección del mismo. La periodicidad de las reuniones dependerá de cada familia. No obstante, considero conveniente que su frecuencia no sea superior a la trimestral.
El funcionamiento de los dos órganos de gobierno descritos, especialmente el del Consejo de Familia, requiere un claro compromiso, actitud que devendrá, siempre, en un merecido premio: importantes beneficios para la familia y para la empresa.